Quiénes somos. Vender Parte de Herencia es el servicio de compra de cuotas indivisas de Gestión de Activos Peninsulares, S.L. Compramos la parte que le corresponde a un heredero en una vivienda o en un inmueble heredado, de forma que pueda cobrar su porcentaje sin necesidad de que el resto de herederos esté de acuerdo en vender.
Índice
Quiénes somos y qué hacemos
No somos una inmobiliaria ni un despacho de abogados: somos los compradores. Adquirimos con nuestros propios recursos la cuota indivisa que usted ha heredado y asumimos desde ese momento la situación de copropiedad con el resto de herederos. Usted transmite su cuota y recibe el precio pactado; las obligaciones personales o fiscales que puedan subsistir deben revisarse por separado.
Cómo trabajamos
El proceso está pensado para que usted no adelante dinero ni pierda tiempo en gestiones. Estudiamos su caso y le damos una valoración gratuita de su cuota, le hacemos una oferta en firme sin compromiso, revisamos la documentación de la herencia y, si acepta, firmamos la compraventa ante notario. En los casos en los que la documentación está en orden, la firma puede producirse en un plazo aproximado de 72 horas.
Trabajamos en toda España y también con herederos que viven fuera del país, que pueden vender su parte mediante poder notarial sin necesidad de viajar.
Datos de la empresa
Titular: Gestión de Activos Peninsulares, S.L.
CIF: B-84314681
Domicilio social: Calle San Germán 57, 28020 Madrid (España)
Registro: inscrita en el Registro Mercantil de Madrid
Teléfonos: 609 12 41 49 / 609 05 96 81
Correo electrónico: capitalprivado31@gmail.com
Qué compramos y qué no
Compramos la cuota indivisa de una vivienda ya adjudicada en escritura, los derechos hereditarios de una herencia aceptada pero todavía sin repartir, y la nuda propiedad cuando existe un usufructo vitalicio. También estudiamos inmuebles ocupados por otro heredero, con hipoteca, con embargos o con deudas de comunidad, cuya viabilidad requiere estudiar la documentación y las cargas.
No compramos si no existe título sucesorio —testamento o declaración de herederos—, si el inmueble está fuera de España o si su cuota ya está comprometida con otro comprador. En esos casos se lo decimos en la primera llamada, sin darle largas. Puede ver el detalle en cómo compramos una parte de herencia.
Cómo formamos el precio
El valor proporcional de una cuota es una referencia, no una oferta de compra. Para valorar su parte estudiamos el valor del inmueble, su porcentaje, la ocupación, las cargas y las posibilidades de acuerdo entre copropietarios. No existe un descuento universal: el importe depende de la documentación, los costes y los riesgos de cada operación. La oferta debe explicar qué gastos y cargas se han tenido en cuenta.
Se lo explicamos claro en la propia oferta: qué valor de inmueble hemos tomado, qué porcentaje le corresponde y por qué el descuento es el que es. Los criterios completos están en la guía para vender parte de herencia.
Qué no hacemos
- No somos una inmobiliaria: no intermediamos ni buscamos comprador, compramos nosotros.
- No cobramos comisiones, honorarios ni gastos de estudio.
- No pedimos exclusividad ni firmamos contratos de arras interminables.
- No pedimos dinero por adelantado bajo ningún concepto.
- No damos asesoramiento fiscal: le indicamos qué impuestos intervienen, pero los números conviene confirmarlos con su asesor.
Con qué garantías se firma
Todas las operaciones se formalizan en escritura pública ante notario, con el pago en el mismo acto y con la cuota inscrita después a nuestro nombre en el Registro de la Propiedad. Usted no adelanta gastos: los de notaría y registro se acuerdan en la operación y quedan reflejados en la escritura. Si en algún momento decide no vender, la valoración no le vincula.
Trabajamos con capital privado propio, sin depender de la aprobación de un banco, y esa es la razón por la que podemos firmar en plazos cortos cuando la documentación está en regla. La primera conversación permite orientar el estudio; la oferta definitiva requiere revisar la documentación.
Por qué puede confiar en nosotros
Somos una sociedad española con domicilio e identificación fiscal públicos, y todas las operaciones se formalizan ante notario, con la seguridad jurídica que eso implica para ambas partes. La valoración y el estudio del caso no tienen coste alguno para usted, y no cobramos comisiones: nuestro beneficio está en la propia compra de la cuota, no en honorarios.
Hablemos de su caso
Si ha heredado una parte de una vivienda y la venta está bloqueada, cuéntenos su situación por teléfono o por correo electrónico y le diremos con claridad si podemos comprar su cuota y por cuánto. Puede escribirnos desde la página de contacto o consultar cómo funciona el proceso en la página principal.
Quiénes somos: 7 claves esenciales de nuestro servicio
Para explicar quiénes somos, lo más útil es distinguir nuestra identidad, la actividad de compra y el papel de los profesionales que pueden intervenir. Vender Parte de Herencia es la denominación del servicio presentado en esta web por Gestión de Activos Peninsulares, S.L. Nuestra actividad consiste en estudiar y adquirir participaciones, con las condiciones que se acuerden para cada operación. La información comercial debe servirle para identificar al comprador y entender la propuesta antes de decidir.
1. Un comprador tiene un interés económico en la operación
Al preguntar quiénes somos, conviene tener claro que actuamos como parte compradora. El precio de una cuota responde a la valoración del derecho y a los costes y riesgos que asumimos al adquirirlo. Nuestra posición no equivale a una tasación independiente encargada exclusivamente para defender el interés del vendedor. Puede comparar la propuesta con otras opciones y contar con asesoramiento propio.
Esta diferencia ayuda a interpretar correctamente la información de la web. Una compra individual puede resolver una necesidad de liquidez o de salida de la copropiedad, pero tiene condiciones distintas de vender toda la vivienda de común acuerdo. La conveniencia depende de su situación. La valoración gratuita anunciada permite estudiar una oferta; no convierte esa oferta en la única alternativa disponible.
2. La compra se refiere a un derecho identificado
Podemos estudiar cuotas indivisas, derechos hereditarios y nuda propiedad, según la documentación y la viabilidad del expediente. Esas categorías no son intercambiables. Una cuota sobre una finca adjudicada, una participación en una herencia pendiente de reparto y la propiedad limitada por un usufructo atribuyen facultades distintas. El objeto debe describirse con precisión antes de acordar el precio.
Conocer quiénes somos incluye comprender qué se revisa: titularidad, porcentaje, cargas, ocupación y estado de la sucesión. No basta con que una persona afirme que le corresponde parte de una vivienda. La documentación debe acreditar el derecho y permitir preparar la transmisión. Si existen discrepancias, habrá que determinar cómo afectan a la operación y qué actuaciones quedan pendientes.
3. La documentación condiciona la oferta
Una conversación inicial sirve para orientar el estudio, pero la oferta definitiva necesita comprobar la información relevante. La escritura, la nota simple y los documentos de la herencia pueden mostrar datos que no se conocían al principio. También deben declararse procedimientos abiertos, contratos de uso, arrendamientos o compromisos previos de venta.
La pregunta «quiénes somos» suele ir acompañada de otra: «qué ocurrirá con mi caso». El recorrido comienza por identificar lo que puede estudiarse y lo que falta. Una propuesta clara debe distinguir precio, gastos, condiciones y calendario. Si una comprobación puede cambiar el resultado, conviene que quede señalada antes de que el vendedor organice desplazamientos o asuma otros compromisos.
4. El precio necesita una explicación concreta
El valor de toda la vivienda multiplicado por un porcentaje es una referencia matemática. No representa necesariamente el precio de mercado de una cuota aislada. Quien adquiere una participación puede no obtener uso exclusivo ni control sobre la venta del inmueble completo. La ocupación, las cargas y las posibilidades de acuerdo influyen en esa diferencia.
Cuando consulte quiénes somos y cómo compramos, pida que la oferta identifique sus hipótesis. No existe un descuento único válido para todas las herencias. Dos cuotas del mismo porcentaje pueden tener condiciones muy diferentes. La comparación debe considerar el importe neto, el tratamiento de deudas y los requisitos de cierre, además del precio anunciado.
5. El vendedor conserva su capacidad de decidir
La valoración gratuita y sin compromiso no obliga a transmitir la participación. Puede revisar las condiciones, pedir aclaraciones y comparar alternativas. Una venta conjunta, una compra por otro heredero o una adjudicación con compensación pueden ser opciones relevantes si existe acuerdo y capacidad económica. La decisión debería tomarse con conocimiento de sus consecuencias.
Explicar quiénes somos también implica diferenciar información comercial y compromiso contractual. La oferta, un eventual acuerdo preparatorio y la escritura cumplen funciones distintas. Antes de firmar un documento, compruebe su alcance y las obligaciones que genera. Si necesita un abogado o asesor fiscal propio, puede utilizar su revisión para valorar si las condiciones encajan con su objetivo.
6. La notaría formaliza, pero no sustituye todas las comprobaciones
La escritura pública permite documentar la transmisión con la intervención notarial que corresponda. Deben identificarse las partes, el derecho, el precio, las cargas y el medio de pago. La preparación previa facilita que el borrador refleje lo pactado y que las personas que intervienen dispongan de capacidad o representación suficiente.
Al conocer quiénes somos, no conviene interpretar la firma notarial como una garantía automática de rentabilidad o como sustituto de su análisis económico. La conveniencia del precio y el efecto fiscal personal requieren su propia valoración. Si hay una hipoteca, una garantía o una deuda personal, debe revisarse expresamente si seguirá existiendo después de transmitir la cuota.
7. La información general tiene límites
Las guías de esta web explican situaciones frecuentes, documentos y alternativas. No pueden determinar el resultado de todos los expedientes sin conocer los hechos. La ley aplicable, la fase de la herencia y las condiciones de cada inmueble pueden cambiar el análisis. Una respuesta breve en una página no sustituye la revisión de un título o de un contrato concreto.
Por eso, saber quiénes somos ayuda a utilizar correctamente el contenido: somos un comprador que ofrece información sobre su actividad y sobre las cuestiones habituales de estas operaciones. Las decisiones jurídicas y fiscales que requieran asesoramiento individual deben contrastarse con el profesional correspondiente. Puede consultar también fuentes oficiales, como el Consejo General del Notariado, para conocer la función notarial.
Quiénes somos y qué función cumple cada interviniente
| Interviniente | Función principal | Qué conviene comprobar |
|---|---|---|
| Vendedor | Decide sobre el derecho que le pertenece | Titularidad, representación y condiciones aceptadas |
| Comprador | Formula la oferta y adquiere el derecho | Identidad, precio, pago y compromisos |
| Notaría | Autoriza la escritura conforme a sus funciones | Documentación y borrador preparados |
| Asesor jurídico | Analiza derechos, contratos y controversias | Alcance del encargo y conflicto concreto |
| Asesor fiscal | Estudia impuestos y obligaciones personales | Datos de adquisición, residencia y transmisión |
| Registro | Publica la situación jurídica inscrita | Títulos, cargas y presentación de documentos |
Cómo comprobar la identidad antes de compartir documentos
Los datos de la sociedad y los canales de contacto están publicados en esta página y en el aviso legal. Compruebe que la oferta identifica a la persona o entidad que va a comprar y a quien la representa. Una marca, un número de teléfono o una conversación no sustituyen los datos de la parte que asumirá las obligaciones contractuales.
Si llega a esta sección para saber quiénes somos después de recibir una llamada, contraste los datos con los publicados. Antes de enviar documentación, confirme el destinatario y la finalidad. No facilite claves, códigos de acceso o contraseñas bancarias. Para una valoración inicial basta con describir el caso y acordar qué documentos pertinentes se necesitan para continuar el estudio.
Si una instrucción cambia durante la operación, por ejemplo una cuenta de pago o un destinatario, verifíquela por un canal conocido. Las comprobaciones de identidad forman parte de una preparación prudente tanto para el vendedor como para el comprador. Conserve las comunicaciones y los documentos de la oferta que finalmente se acepte.
Qué información ayuda a estudiar una participación
Indique dónde está el inmueble, qué porcentaje le corresponde y si la herencia ya se adjudicó. Explique si hay ocupantes, usufructo, hipoteca, embargo o deudas conocidas. Si alguno de esos datos está pendiente, señálelo. Una estimación puede servir para orientar la conversación, pero debe distinguirse de un dato acreditado por escritura o documento registral.
También es útil conocer su objetivo y disponibilidad. Puede buscar una venta inmediata, comparar una oferta con una compra familiar o preparar una operación desde otro país. Esas circunstancias orientan el calendario, aunque no sustituyen los requisitos documentales. Si vive fuera de España, revise nuestra guía para vender mediante representación desde el extranjero.
Para saber quiénes somos no necesita remitir de entrada toda la historia personal de su familia. La información relevante es la relacionada con el derecho y con las condiciones del inmueble. Cuando haya un procedimiento abierto, indique su existencia y el profesional que lo gestiona, si procede, para que cualquier propuesta pueda analizarse con ese contexto.
Preguntas frecuentes sobre quiénes somos
¿La empresa compra toda la vivienda?
El servicio se centra en estudiar participaciones y derechos, de acuerdo con lo descrito en esta página. Si usted solo es titular de una cuota, no puede comprometer por su cuenta las participaciones de los demás. La oferta debe indicar el objeto exacto que se propone adquirir y las personas que deben intervenir en la operación.
¿El estudio obliga a aceptar?
No. La valoración anunciada es gratuita y sin compromiso. Eso debe distinguirse de un contrato que pueda firmarse después. Antes de aceptar cualquier documento, revise precio, condiciones, vigencia y consecuencias del incumplimiento. Si algo no resulta claro, pida una explicación por escrito antes de avanzar.
¿La firma siempre puede hacerse en 72 horas?
No es un plazo universal. Una firma rápida depende de que la documentación esté preparada, de la coordinación notarial y de que las incidencias necesarias estén resueltas. Un poder pendiente, una carga por cancelar o una sucesión sin ordenar pueden requerir más tiempo. El calendario debe concretarse para cada expediente.
¿Una venta elimina todas mis obligaciones?
No necesariamente. Deben revisarse los impuestos, las deudas personales, las garantías y los compromisos anteriores. La transmisión cambia la titularidad del derecho vendido, pero no libera automáticamente de cualquier obligación relacionada con el inmueble. Esa revisión debe hacerse antes de fijar el importe neto y de firmar.
¿Dónde puedo ampliar la información?
Además de esta explicación sobre quiénes somos, puede consultar cómo compramos herencias, la guía de valoración de una cuota y la página de contacto. Cada una desarrolla una pregunta distinta para que pueda preparar su consulta con la información que resulte relevante.

La documentación final debe permitir reconocer sin ambigüedad a las partes y el derecho transmitido. Si el nombre comercial de una comunicación difiere de la denominación social que aparece en el contrato, pida que se explique la relación. La transparencia consiste en poder comprobar los datos y las condiciones relevantes antes de asumir un compromiso, no únicamente en leer una presentación comercial.